La adquisición de un vehículo exonerado cuenta con un nuevo proceso simplificado para agilizar el trámite. Para dar a conocer el nuevo proceso simplificado, Casabaca preparó una guía para facilitar al cliente la adquisición de un vehículo exonerado. 

Clara Chaves, Jefe de Vehículos Exonerados de Casabaca, explicó que esta compañía cuenta con el 33% de participación en el mercado de comercialización de autos exonerados (cifras al primer semestre de 2018). “Es así que uno de los compromisos de nuestra compañía es facilitar las necesidades especiales de movilidad y seguridad; principalmente de las personas con discapacidad y para ello es importante que conozcan todos los detalles al respecto, beneficios y trámites necesarios”. 

¿Qué se considera un vehículo exonerado?: Se trata de vehículos que se importan al país libres del pago de impuestos aduaneros y tributarios: 

■ Arancel: AD Valorem 
■ Impuesto a los Consumos Especiales (ICE) 
■ IVA 

○ ¿A quiénes beneficia? A varios grupos de personas: 

■ Personas con discapacidad. Ley Orgánica de Discapacidades 
■ Diplomáticos (Ley de Inmunidades y privilegios diplomáticos). 
■ Sector público (Ley de Contratación Pública). 

○ Consideraciones importantes para personas con discapacidad: 

■ Se podrá importar por una sola vez cada cinco años. 
■ El vehículo adquirido con exoneración no podrá ser vendido durante cuatro años, contados a partir de la fecha de la nacionalización. 
■ La tenencia de un auto exonerado sólo está permitida para el beneficiario directo y sus familiares en caso de que no pueda conducir por sus propios medios. 

Sobre el nuevo proceso simplificado: 

● Las personas con discapacidad pueden beneficiarse de un auto exonerado, tomando en cuenta los siguientes pasos: 

1. Carné de discapacidad: 

a. Llamar al centro de llamadas del Ministerio de Salud Pública (MSP), al número 171. 

b. Solicitar cita para obtener el carnet de discapacidad, mencionando el interés en importar un vehículo exonerado. 

c. El centro de llamadas designará un centro de salud de acuerdo a la dirección del domicilio del solicitante para iniciar los trámites. 

d. El usuario debe presentar todos los certificados médicos respectivos, correspondientes a los últimos 6 meses con diagnóstico, tratamiento recibido y todos los respaldos (hospital público o privado). 

e. Requisitos: Cédula de ciudadanía o partida de nacimiento en el caso de menores de edad (documentos originales). 

2. Adquisición de TOKEN (firma electrónica): 

a. La adquisición del TOKEN se realiza a través de dos instituciones autorizadas por el Estado Ecuatoriano: El Banco Central del Ecuador y Security Data. En el caso de Casabaca, la empresa facilita el ingreso de la solicitud de emisión del Certificado de firma electrónica (TOKEN) a través de la página WEB del Banco Centra. Para ello, el cliente necesita los siguientes requisitos: 

● Carta de un servicio básico (luz, agua o teléfono). 

● Cédula de Identidad. 

● Carné de Discapacidad 

3. Ingreso de Solicitud de Exoneración en la VUE (Ventanilla Única Ecuatoriana) del SENAE: 

Casabaca gestionará sin costo adicional el ingreso de la Solicitud de Exoneración en el ECUAPASS del SENAE, para lo cual el cliente deberá cumplir con los siguientes requisitos: 

● Cédula de Identidad. 

● Carné de discapacidad del MSP. 

● Proforma del vehículo con valor FOB. 

● Declaración Juramentada. 

● Dispositivo electrónico TOKEN y clave. 

4. Compra del vehículo en Casabaca: Este proceso comprende: 

● Firma del contrato de compraventa del auto con la concesionaria. 

● Gestionar el crédito (si el cliente lo requiere). 

● El vehículo se entrega en 30 días (Casabaca cuenta con un amplio stock disponible en el país). 

Cabe destacar que, durante todo este proceso, Casabaca brinda acompañamiento y asesoría especializada.